¿Qué es?

A través de este procedimiento se otorga al interesado/a la habilitación del Ministerio del Interior, con carácter de autorización administrativa, para desarrollar las respectivas funciones correspondientes al personal de seguridad privada.

Clases y tipologías

Solicitud de expedición de la tarjeta de identidad profesional de Vigilantes de Seguridad y especialidades, Jefes y Directores de Seguridad y detectives privados.

¿Quiénes son los interesados?

El personal que cumpla los requisitos a los que hace referencia los artículos 53, 54, 62 y 63 del Reglamento de Seguridad Privada.

Periodo de validez

La tarjeta de habilitación profesional obtenida tras la habilitación tendrá una validez de diez años a contar desde la fecha de su expedición, sin perjuicio de la obtención de duplicados en caso de pérdida, sustracción o deterioro.

¿Como se gestiona?

Mediante expediente instruido a instancia de la persona interesada.

Modelo de solicitud

Habilitación de personal de seguridad privada

¿Dónde se presenta la documentación?

Para la presentación del formulario solicitud, y su documentación adjunta, se optará por una de las siguientes alternativas:

  1. Por correo postal ordinario: Remitiendo toda la documentación que se precisa en cada tipo de habilitación, en un sobre cerrado, a la dirección postal:
    UNIDAD CENTRAL DE SEGURIDAD PRIVADA
    Sección de Personal
    C/ Rey Francisco, 21
    (28008 – Madrid)Una vez realizadas todas las comprobaciones, tanto la TIP, como la cartilla profesional, de cada una de las habilitaciones solicitadas, serán igualmente remitidas por correo postal a la dirección indicada por el/la solicitante, en el plazo máximo de 20 días hábiles.
  2. Personalmente en las dependencias policiales de:
    • La Unidad Central de Seguridad Privada, calle Rey Francisco N° 21 de Madrid. Solicitando cita previa al 91 / 322 – 3909 o mediante correo electrónico a la dirección citas.seguridadprivada@policia.es.Una vez realizadas todas las comprobaciones, tanto la TIP, como la cartilla profesional, de cada una de las habilitaciones solicitadas, serán entregadas en el mismo instante.
    • Las Unidades Territoriales de Seguridad Privada de las Jefaturas Superiores, Comisarías Provinciales y Comisarías Locales de Algeciras, Vigo, Gijón, de la Policía Nacional.Una vez realizadas todas las comprobaciones, tanto la TIP, como la cartilla profesional, de cada una de las habilitaciones solicitadas, serán igualmente recogidas en la Unidad Territorial de Seguridad Privada, en el plazo máximo de 20 días hábiles.

Documentos

Pasaporte/D.N.I./N.I.F/Tarjeta Residencia

Otra documentación:

  • Fotografías del rostro en formato DNI: recientes, en color y ttamaño 32 por 26 milímetros, con fondo uniforme blanco y liso, tomadas de frente con la cabeza totalmente descubierta y sin gafas de cristales oscuros o cualquier otra prenda que pueda impedir o dificultar la identificación de la persona.
  • Justificante acreditativo de haber realizado el ingreso, en concepto de tasa con arreglo al Modelo 790, Código 015, a favor del Tesoro Público, en las Entidades Bancarias o Cajas de Ahorros colaboradoras; cuenta restringida de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria (Copia «Ejemplar para la Administración»). El citado modelo será facilitado en las Comisarías de Policía y deberá ser cumplimentado con los datos correspondientes.

Datos básicos del procedimiento

1. Forma de iniciación: A solicitud de la persona interesada.

2. Tipo de procedimiento: Autorizaciones, Licencias y Concesiones.

3. Materia del procedimiento: ACTIVIDAD ADMINISTRATIVA

4. Resolución del procedimiento:

5. Órganos competentes para resolver este procedimiento:

  • Por competencia propia
    • Dirección General de la Policía.
    • Director General de la Policía , por delegación, el Comisario General de Seguridad Ciudadana (Orden de 30 de noviembre de 1998).

6. Plazo máximo para resolver y notificar:

  • 20 Días Hábiles
  • La resolución del procedimiento sí pone fin a la vía administrativa.

 

7. Efecto de la falta de resolución en este plazo:

  •  Desestimatorio (inicio a solicitud del interesado).

8. Normativas que regulan el silencio administrativo:

  • Ley 14/1999 de medidas fiscales, administrativas y de orden social.

9. Recursos que se pueden interponer:

  • Alzada
  • Contencioso – Administrativo

10. Órgano que resuelve el recurso:

  1. Dirección General de la Policía
  2. Juzgados de lo Contencioso
  3. Juzgados Centrales de lo Contencioso Adtvo.; Salas de lo Contencioso Adtvo. del Tribunal Superior de Justicia
  4. Sala de lo Contencioso-Adtvo. de la Audiencia Nacional; Sala de lo Contencioso-Adtvo. del Tribunal Supremo

11. Plazo de interposición del recurso: 2 meses acto expreso, 6 meses acto presunto.

12. Normativa:

  • LEY 5/2014, de 4 abril, de Seguridad Privada
  • REAL DECRETO 2364/1994, de 9 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Seguridad Privada.
  • ORDEN INT/318/2011, de 1 de febrero, sobre personal de seguridad privada.
  • Orden INT/2850/2011, de 11 de octubre, por la que se regula el reconocimiento de las cualificaciones profesionales para el ejercicio de las profesiones y actividades relativas al sector de seguridad privada a los nacionales de los Estados miembros de la Unión Europea.

Origen

La historia del servicio policial dedicado al control y relaciones con la seguridad privada discurre de forma paralela a la regulación normativa de las actividades de seguridad privada.

A inicios de los 70 se constituye el primer embrión de tal servicio, integrado por un Subcomisario y 4 funcionarias de los Cuerpos Generales de la Administración, que constituían el Negociado de Seguridad de Empresas, dependiente de la Secretaría General de la Comisaría General de Orden público y radicado en el edificio de la Puerta del Sol, hoy sede de la Presidencia de la Comunidad de Madrid.

Pasan luego a denominarse Jefatura de Seguridad e Instalaciones, si bien su estructura correspondía a una Sección. Se incrementa con los primeros 4 Inspectores a partir de 1.984, fecha en la que es dirigida por un Comisario.

Durante unos diez años, a partir de 1.984, depende indistintamente de la Comisaría General de Orden Público, o de la de Documentación (hoy también de Extranjería), pasando su sede social de la calle Los Madrazos a General Pardiñas, 90, edificios entonces y hoy ocupados por Documentación y Extranjería. Contaba con tres Negociados de carácter administrativo, no existiendo unidades periféricas dedicadas a esa Especialidad.

El Decreto 669/84, de 28 de enero contiene el reconocimiento legal del antecedente de la actual Unidad Central de Seguridad Privada, con la denominación de Sección de Seguridad e Instalaciones, bajo la dependencia de la Comisaría General de Documentación.

Entre 1.985 y 1.990, debido a la fuerte y rápida expansión de las actividades de seguridad privada en todos los ámbitos, la Dirección General de la Policía programa cursos sobre Seguridad Privada, preparando a unos 300 Inspectores.

Ya se van creando grupos de seguridad privada en las plantillas policiales más importantes, con el fin de dar respuesta a la demanda de asesoramiento y de otros trámites administrativos, iniciándose las tareas de inspección y control. Con anterioridad, a nivel periférico se compatibilizaban tareas de seguridad privada con otras policiales.

Cambia su sede social a la calle Evaristo San Miguel, al Complejo Policial de Canillas y, desde inicios de 2.003, la Unidad Central se encuentra ubicada en Rey Francisco, 21, en un edificio exclusivo.

En 1.993 la Sección de Seguridad e Instalaciones adquiere la categoría de Servicio y se integra en la Comisaría General de Seguridad Ciudadana, con la denominación de Servicio Central de Seguridad Privada.

En 1.997 el Servicio pasa a denominarse Unidad Central de Seguridad Privada, nombre que mantiene hasta nuestros días, incardinada dentro de la C.G.S.C.

Se estructuraba con una Brigada y un Servicio antes de 1.997, pasando desde entonces a constituirse con una Jefatura de Unidad, dos Brigadas Operativas, la de Empresas y la de Personal, y siete Secciones.

A nivel periférico, en todas las capitales de provincia y en algunas localidades importantes, existen Grupos o Secciones dedicadas a la Seguridad Privada, dependientes de las Brigadas respectivas de Seguridad Ciudadana.

 Funciones

Las funciones que desempeña la Unidad Central se ejecutan a través de la Brigada Central de Inspección e Investigación y la Brigada Central de Empresas y Personal, que la integran y consisten en:

Autorizaciones y habilitaciones:

Autorización, Inscripción y Registro de nuevas empresas de Seguridad.

Autorización y registro de Centros de Formación para personal de seguridad, y acreditación de profesores.

Participación en tribunales y supervisión de las pruebas de selección de aspirantes a vigilantes de seguridad y sus especialidades.

Preparación y realización de exámenes de Jefes y Directores de seguridad.

Acreditación y registro de personal de seguridad en sus distintas especialidades, incluyendo Detectives Privados.

Seguimiento, control e inspección:

De los servicios o actuaciones realizadas por las empresas de seguridad habilitadas en sus distintas actividades.

Control e inspección de establecimientos obligados a disponer de medidas de seguridad.

Control e inspección de centros de formación para vigilantes de seguridad y sus especialidades.

Control e inspección de despachos de detectives.

Detección de intrusismo:

Investigación y detección de empresas que prestan servicios de seguridad careciendo de autorización.

Investigación y detección de personal que presta servicios de seguridad careciendo de habilitación.

Captación de información relevante:

Captación de información sobre hechos delictivos que afecten a la seguridad ciudadana.

Procedimientos sancionadores:

Propuesta de resolución de expedientes sancionadores por faltas graves y muy graves incoados en todo el territorio nacional.

Propuesta de resolución de Recursos de Reposición, Alzada y Revisión.

Estudios normativos:

Elaboración de informes para la interpretación y desarrollo de la normativa de seguridad privada.

 Actividades derivadas de las funciones

Con empresas, establecimientos y usuarios:

Convocatoria de reuniones periódicas por sectores.

Atención y asesoramiento directo a cada uno de los problemas, que planteen como prestatarios o usuarios, de servicios de seguridad privada.

Facilitar medios de comunicación y contacto para favorecer el desarrollo de su labor.

Elaboración de encuestas que permitan conocer la problemática del sector.

Seguimiento de la Sala de Coordinación Operativa de Seguridad Privada, centro de atención permanente al personal de seguridad privada.

Preparación de seminarios, a nivel nacional y europeo, que permitan conocer y comparar el funcionamiento de la seguridad privada y su normativa.

Preparación de los contenidos y convocatoria de la Comisión Mixta Central de Coordinación de Seguridad Privada.

Asistencia a reuniones convocadas por distintos organismos relacionados con el sector.

Con la Administración, Unidades Territoriales de Seguridad Privada y otras Unidades Policiales:

Convocatorias de reuniones periódicas con las Unidades Territoriales de Seguridad Privada, así como con otros órganos policiales relacionados con la actividad de seguridad privada.

Asistencia a reuniones con la Secretaría de Estado de Seguridad y la Secretaría General Técnica del Ministerio del Interior.

Elaboración de estadísticas sobre el funcionamiento de los grupos de seguridad privada.

Preparación de las posibles modificaciones de la normativa.

Participación en los tribunales de exámenes para vigilantes de seguridad y sus especialidades.

Preparación, convocatoria y ejecución de exámenes para Jefes y Directores de Seguridad.

 Formularios estandarizados. (Exclusivamente para empresas)

Detectives

Los detectives privados tienen la obligación de presentar durante el primer trimestre de cada año un informe explicativo de las actividades realizadas en el año anterior. La confección de esta memoria de actividades constituye una carga de trabajo importante tanto para el que la tiene que elaborar como para la unidad Central de Seguridad Privada, encargada de realizar el informe anual a Cortes en base a la información recibida.

Por otro lado la Ley 11/2007, de 22 de Junio «De acceso electrónico de los ciudadanos a los servicios públicos recoge la necesidad de que «las Administraciones Públicas deben comprometerse con su época y ofrecer a sus ciudadanos las ventajas y posibilidades que la sociedad de la información tiene…» tratando de «…configurar una Administración moderna que haga del principio de eficacia y eficiencia su eje vertebrador siempre con la mirada puesta en los ciudadanos».

Siguiendo con el proceso de implantación del Plan Estratégico 2008/2012 de la Unidad Central de Seguridad Privada, uno de cuyos ejes en cuanto a la mejora de la Gestión es «telematizar tareas e implantar la Administración Electrónica», la Sección de Empresas y Despachos, de la Brigada Central de Empresas y Personal, de la Unidad Central de Seguridad Privada ha elaborado una herramienta con las siguientes características: un programa fácil de operar, gran compatibilidad, fácil transporte de información desde otras bases de datos, perspectiva global de datos y gestión a nivel central y periférico.

Empresas

Las empresas de seguridad tienen la obligación de presentar cada año un informe explicativo de las actividades realizadas en el año anterior. La confección de esta memoria de actividades constituye una carga de trabajo importante tanto para el que la tiene que elaborar como para la Unidad Central de Seguridad Privada, encargada de realizar el informe anual a Cortes en base a la información recibida.

Por otro lado la Ley 11/2007, de 22 de Junio «De acceso electrónico de los ciudadanos a los servicios públicos recoge la necesidad de que «las Administraciones Públicas deben comprometerse con su época y ofrecer a sus ciudadanos las ventajas y posibilidades que la sociedad de la información tiene…» tratando de «…configurar una Administración moderna que haga del principio de eficacia y eficiencia su eje vertebrador siempre con la mirada puesta en los ciudadano.

Siguiendo con el proceso de implantación del Plan Estratégico 2008/2012 de la Unidad Central de Seguridad Privada, uno de cuyos ejes en cuanto a la mejora de la Gestión es «telematizar tareas e implantar la Administración Electrónica», la Sección de Empresas y Despachos, de la Brigada Central de Empresas y Personal, de la Unidad Central de Seguridad Privada ha elaborado una herramienta con las siguientes características: un programa fácil de operar, gran compatibilidad, fácil transporte de información desde otras bases de datos, perspectiva global de datos y gestión a nivel central y periférico.

Validaciones Provisionales

Los presentes documentos se encuentran destinados, exclusivamente, a su posible utilización, por parte de jefes o directores de seguridad, en trámites o procedimientos de seguridad privada que se presenten o se sustancien ante Unidades de Seguridad Privada de la Policía Nacional.

 

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